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Válido del 19 de octubre al 20 de noviembre de 2022
Bases y condiciones Sorteo de Cumpleaños
1. CENCOSUD S.A., con domicilio legal en Suipacha 1111, piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (el “Organizador”), organiza la promoción denominada “Sorteo de cumpleaños” que tendrá vigencia en la República Argentina con excepción de la provincia de Chaco, Chubut, Mendoza, Río Negro, Salta, Neuquén y Tierra del Fuego (adelante, “el Territorio”). Desde el 08/04 de 2019 hasta el mes de Abril de 2020 (“Plazo de Vigencia”), y que se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (las “Bases”).
2. Para participar en la Promoción, los interesados que cumplan con las condiciones indicadas en el punto 1. Precedente, deberán durante el Plazo de Vigencia y siguiendo las instrucciones allí impartidas: a) ser cliente de tarjeta Cencosud b) tener su cuenta al día y no tener días de atraso c) registrarse en la landing de registro “sorteo de cumpleaños”
3. Una vez cumplido lo indicado en el punto 2., precedente, los Participantes participarán automáticamente de un sorteo (“Sorteo”). Cada Participante podrá participar en la Promoción una sola vez durante el Plazo de Vigencia. Los participantes deberán registrarse en una landing, en donde completarán un formulario con sus datos, por último tendrán que responder la pregunta “Por qué mereces ser el ganador?”
4. El Sorteo se llevará a cabo una (1) vez por mes, en cada uno de los meses comprendidos entre la vigencia de la promoción , es decir un total de doce (12) veces, con una herramienta informática randómica, que elegirá al azar 1 (un) Participantes (“Potencial/es Ganador/es”), que recibirán: (1) una GiftCard Cencosud por $2.000 (dos mil pesos argentinos). (1) una caja de sorpresa con moño , (5) cinco globos con helio , (3) tres guirnaldas y banderines , (2) dos velas decorativas , (1) un centro de mesa , (12) doce bowls para snack , (12) doce platos para torta , (12) doce vasos , (1) un sorbete , (50) cincuenta servilletas de papel , (1) un individual de papel , (24) veinticuatro tenedores , (25) veinticinco globos desinflados , (2) dos papel picado , (1) un vela de cumpleaños , (1) un vela para torta , (12) doce comestibles (galletitas, muffins). El Premio no podrá ser transferido, negociado, rembolsado, cobrado en efectivo, intercambiado, ni reclamado por terceros. Asimismo, el Premio no incluye ninguna otra prestación o servicio no enumerado en las presentes Bases.
5. Se presumirá, sin admitirse prueba en contrario, que los Potenciales Ganadores son las personas cuyo nombre y apellido sea informado al Organizador en el acto de compartir el contenido por medio de su perfil de Facebook. Al momento de reclamar la asignación del Premio y como condición de la asignación del mismo, los Potenciales Ganadores deberán exhibir su Documento Nacional de Identidad y los nombres y apellidos que figuren en dichos documentos deberán coincidir con informados en su perfil de Facebook; caso contrario dichos Potenciales Ganadores perderán automáticamente el derecho a que el Premio les sea asignado. Los Potenciales Ganadores serán notificados de su carácter de tales vía Facebook y deberán presentarse personalmente o por representante a reclamar la asignación del Premio en Paraná 3617, Martinez, Buenos Aires, dentro de los siete (7) días de notificados, presentando fotocopia del DNI, y en caso de que concurra el representante, además, deberá presentar una autorización firmada por el Potencial Ganador. Si el Organizador no lograra contactarse con un Potencial Ganador por mail o por Facebook, a la dirección de correo electrónico informada entre sus datos, después de realizar al menos dos (2) intentos, dicho Potencial Ganador perderá automáticamente el derecho a que el Premio le sea asignado y el mismo quedará en propiedad del Organizador. Los Potenciales Ganadores que se domicilien a más de setenta (70) kilómetros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, podrán reclamar la asignación del Premio llamando, dentro del mismo plazo, al siguiente número de teléfono 0810-9999-627 de lunes a viernes, en días hábiles, de 9 a 18 h5oras. La falta de reclamo de la asignación del Premio en la forma y dentro del plazo establecido precedentemente o la falta de cumplimiento de cualquiera de los demás requisitos que para la asignación del Premio se establecen en estas Bases, hará perder a sus Potenciales Ganadores, automáticamente, el derecho a la asignación del Premio. En caso de que el Premio quedaré vacante, el mismo quedará en propiedad del Organizador.
6. Todo impuesto, tasa o contribución que deba tributarse, toda suma de dinero que deba pagarse al estado nacional, sociedades del estado u otros entes gubernamentales, provincias o municipalidades por el hecho del ofrecimiento, asignación o entrega del Premio o con motivo de la organización o difusión de la Promoción y los gastos en que incurran los Potenciales Ganadores y ganadores para su traslado y estadía cuando concurran a reclamar la asignación o a retirar el Premio, respectivamente, estarán a su exclusivo cargo.
7. Los Potenciales Ganadores como condición para la asignación del Premio, cederán gratuitamente al Organizador la propiedad intelectual de sus Imágenes y autorizarán al Organizador a difundir sus datos personales, domicilios, imágenes y voces, con fines comerciales, en los medios y formas que el Organizador disponga, sin derecho a compensación alguna, hasta transcurridos tres (3) años de finalizada la Promoción.
8. La participación de la Promoción es libre y sin obligación de compra alguna. Para participar en la Promoción no es necesaria la adquisición de bienes o de servicios comercializados por el Organizador ni el pago de suma alguna al Organizador.
9. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación del registro realizado por el Participante, el que podrá asimismo ser descalificado./p>
10. Facebook no tiene intervención ni responsabilidad alguna en la organización de la Promoción. En consecuencia, Facebook no será responsable del cumplimiento de los compromisos que asume el Organizador en estas Bases y los Potenciales Ganadores deberán reclamar la entrega del Premio exclusivamente al Organizador.
11. Ningún Participante podrá ganar más de un Premio.
12. El Organizador no otorga ninguna garantía distinta de la garantía legal con relación al Premio ofrecido. El Organizador no será responsable de daños, perjuicios o pérdidas ocasionados a los ganadores o a terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión del uso del Premio ni por fallas en los equipos de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo de la Promoción.
13. El Organizador podrá ampliar la cantidad de premios ofrecidos y/o el Plazo de Vigencia. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción, supuesto en el cual los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno. Toda modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia de la Promoción.
14. La participación en la Promoción implica la aceptación por partes de los Participantes de estas Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas.
15. Las Bases podrán ser consultadas en la siguiente página Web:www.facebook.com/TarjetaCencosudArgentina.
16. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción los Participantes, los Potenciales Ganadores, los ganadores y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales Ordinarios con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.